"RECORDATORIO: ¿CÓMO SOLUCIONABA EL PP LA CRÍSIS ECONÓMICA?. EL DECRETAZO LABORAL (2002)"


Lo que el Gobierno de Aznar impuso:

El recorte directo de las prestaciones:


› Desaparición del subsidio agrario, para los trabajadores eventuales del campo. El famoso PER, sistema de protección social para los trabajadores del campo de Andalucía y Extremadura, se eliminaba. Se mantenía el derecho para los que anteriormente lo percibían, se endurecían las condiciones y nadie nuevo podía incluirse, sobre todo los emigrantes


› Supresión del derecho al desempleo, para los trabajadores incluidos en programas de empleo público subvencionado. Esto suponía la eliminación del derecho a desempleo a los trabajadores que sean contratados con un contrato perteneciente a un programa de políticas activas de empleo. Los contratos de inserción para programas de fomento del empleo no darían derecho a prestación.


› Supresión de la prestación por desempleo, durante el periodo de ausencia de actividad, para los trabajadores fijos discontinuos de actividades periódicas. No tendrían derecho a desempleo los trabajadores y trabajadoras fijos discontinuos en actividades y campañas que se repiten en fechas ciertas (f.d. periódicos), como las vinculadas a la enseñanza, pero también a otras muchas cuando en cada temporada el periodo de actividad sea el mismo.


› Expulsión de los trabajadores prejubilados, del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, al computarles como renta la indemnización por despido. Los parados de larga duración, mayores de 45 años y discapacitados se les incorporaría al programa RAI y se les eliminaría el derecho a desempleo.


› Supresión de la capitalización de las prestaciones. A efectos del cobro de subsidio, las indemnizaciones se consideraban rentas salariales, con lo que nadie que cobrara una indemnización entre 30 o 45 días por año trabajado podrá cobrar subsidio. Esto limita enormemente las prejubilaciones que se venían haciendo con trabajadores de 58 años en adelante. También se consideraban rentas incompatibles con el cobro del subsidio, cualquier tipo de rentas de valores mobiliarios o inmobiliarios, sean de la cuantía que sean, por este motivo, uno de los requisitos suponía entregar la declaración del IRPF a la hora de solicitar el subsidio, y una colaboración activa con la Agencia Tributaria.


› Restricción del subsidio a los trabajadores emigrantes que retornan a nuestro país. Los emigrantes españoles que retornaran a España tenían que haber trabajado en el extranjero al menos 6 años para tener derecho al subsidio y deberán hacerlo en países no pertenecientes a la Unión Europea o que carezcan de convenio sobre protección por desempleo. En la actualidad se exigen sólo 6 meses de trabajo en cualquier país.


El deterioro de los derechos laborales y el abaratamiento del despido y los costes laborales:


› Eliminar los salarios de tramitación, para que los despidos sean más fáciles y baratos. Si un trabajador era despedido injustamente y un juez u organismo de conciliación, determinaba que era despido improcedente, el empresario debía pagar el salario del trabajador y las cotizaciones a la Seguridad Social hasta el día de la sentencia o resolución extrajudicial. Con esta reforma el empresario quedaría exento de este pago, con lo que el gobierno premia al que despide o contrata fraudulentamente y castiga al trabajador que injustamente ha sido despedido.


- Los despedidos de sus empleos, no podían cobrar las vacaciones no disfrutadas. Parece un mal chiste, que el Gobierno de Aznar obligaba a un trabajador que era despedido y que le envíaban al paro, a «disfrutar» de las vacaciones, en vez de tener un finiquito económico algo más grande, cuando va a las «vacaciones indefinidas». Los trabajadores temporales no podían empezar a cobrar las prestaciones de desempleo hasta que la empresa demuestre que ha cotizado por las vacaciones y el trabajador que las ha disfrutado. El problema sería para el trabajador que ya está fuera de la empresa y que tendrá que reclamar ante el empresario.


- Someter a los desempleados con prestación a cuantas exigencias les plantee la Administración, incluida la obligación de aceptar cualquier empleo (aunque no se ajuste a la profesión demandada, o el salario sea inferior a los anteriores, o el contrato ofrecido sea temporal y/o a tiempo parcial, o que tenga que desplazarse hasta 30 km desde su domicilio).


- Los parados que querían colocarse por su cuenta (autoempleo, autónomo, pequeña empresa o sociedad laboral) no cobrarán de una vez la prestación como hasta ahora, sino que se la queda la Seguridad Social y se la descontaba de las cotizaciones que debiera hacer el nuevo negocio, salvo que puedan acogerse a algún Programa de Fomento de Empleo específico.


- Obligaba a los parados a firmar un compromiso de aceptar cualquier trabajo que el INEM u Servicio de Empleo le proponga.


- Suponía la modificación unilateral por parte del Gobierno de la regulación de la Incapacidad Temporal (IT) desde el 1 de enero de este año, de forma que aunque se esté en situación del IT al producirse la extinción de contrato se empezará a cobrar el desempleo; implica pérdida de renta y periodos de cobertura.


- También desarollaba la sustitución del sistema de prestaciones (que es un derecho), por otro de “concesión” administrativa de ayudas (condicionadas a lo que, en cada caso, quiera imponer el Gobierno).


Estas reformas y recortes suponían una “expropiación” de derechos reconocidos, que afecta a la práctica totalidad de los trabajadores (actuales y futuros, ocupados y desempleados, fijos y precarios). 13 millones de asalariados y más de 2 millones de desempleados seríann víctimas del recorte de sus derechos.

Todos los trabajadores iban a sufrir un inmediato y continuo deterioro de su protección en el empleo, un aumento de la precariedad laboral y un empeoramiento, mayor aún, de la protección en el caso (a partir de ese momento mucho más probable) de perder su empleo.

Y ello iba a ocurrir en un momento y en un país en el que ...

... el 54% de los desempleados NO percibían ningún tipo de prestación.
... el porcentaje de desempleados que percibía alguna prestación es uno de los más bajos de la UE.
... el gasto en prestaciones había caído a mínimos históricos y es de los últimos de Europa.
... cada año, en el sistema de protección por desempleo quedaba un importante excedente financiero

Aquel decretazo laboral terminó en huelga general el 20 de junio de 2002. Todavía se recuerda la manipulación informativa de TVE a manos de Alfredo Urdaci (Ce Ce O O) quien terminó siendo condenado. El decretazo de Aznar fue finalmente declarado el año pasado inconstitucional por el Tribunal Constitucional. Un inciso alarmante: esas medidas se quisieron adoptar cuando el petroleo estaba 5 veces más barato (ahí es nada) y en plena ola de ladrillismo especulador. ¡Lo que harían ahora!

¿Queremos que vuelva ese modelo? ¿Son estas las medidas que piden los ciudadanos? La derecha siempre resuelve las crísis sangrando a los trabajadores. No lo olvides.

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